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Wednesday, May 18, 2011

No les votes (2)

A veces la Constitución Española merece la pena ser leída.
Artículo 21.
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
Los de la Junta Electoral Provincial de Madrid prohíben la concentración de hoy en la Puerta del Sol basándose en un curiosísimo argumento:
Se considera que la peticion de voto responsable a que hace referencia pueda afectar a la campaña electoral y a la libertad del derecho de los ciudadanos al ejercicio del voto.
Aparte de la peculiar sintaxis, posiblemente debida a una redacción apresurada y no muy meditada, ya saben: no se les ocurra pedir el voto responsable que hay gente que considera que eso es un atentado contra la libertad.
El texto completo de la resolución está aquí (una página, PDF).
No les votes

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