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Tuesday, March 25, 2008

Blogs, wikis y conductas inapropiadas

¡Niño, caca! dicen desde las altas autoridades. Leo en Juan de Mairena, que lo lee en Gooseania, que cita esta página de la Universidad de Manchester, que se titula (al menos la traducción es mía) Directrices sobre el uso de blogs y wikis y dice algo así:

El uso de páginas web interactivas y con varios autores, como es característico de los blogs, wikis y redes sociales, es cada vez más popular. Aunque la Universidad no desea obstaculizar el uso de estos sitios, usted [1] debe consultar previamente con su supervisor, mentor o inmediato superior para discutir las posibles implicaciones de participar en esos sitios. En particular, debe ser consciente de que publicar resultados preliminares, datos e ideas:

  1. Puede poner en riesgo la independencia y originalidad de su trabajo y tener efectos adversos cuando lo envíe para revisar o publicar.
  2. Puede perder la propiedad de su trabajo con consecuencias impredecibles para los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados o productos de su trabajo.

[1] "Usted" se refiere a investigadores postgraduados y de plantilla.

Bueno, aquí tenemos a la UManchester velando por la correcta conducta de sus investigadores en internet, no sea que escriban un blog o hagan comentarios en otro destapando secretos, por no hablar de los inconscientes que son capaces de proponer ideas nuevas, comentar en foros científicos cómo le van las cosas o pedir ayuda para algún problema que tienen. Incluso podría haber algún tarado que pensara publicar sus preprints en lugares nefandos como ArXiv (con 469353 documentos disponibles a día de hoy). Discuta con su confesor "las posibles implicaciones" de sus actos ¿has escrito en algún blog esta semana? ¿cuántas veces, hijo? Miedo a la comunicación se llama eso.

En mi universidad las cosas no llegan a esto aunque últimamente hemos recibido una normativa curiosa sobre el "correcto" uso de la red. Entre otras cosas nos dicen que no debemos usar la red ("uso no aceptable") para:

  • cualquier acto que viole la legalidad
  • fines privados, personales o lúdicos
  • creación o transmisión de material que cause molestias a los usuarios de la UEX
  • distribución de material que viole los derechos de propiedad intelectual
  • destruir o modificar premeditadamente la información de otros usuarios
  • destruir, manipular o apropiarme indebidamente de información que circule por la red
  • usar u obtener cuentas ajenas

Les confieso que todavía estoy algo perplejo con el documento y aún no he decidido si me reconforta o molesta que la autoridad académica vele por mi conducta prohibiéndome violar la legalidad vigente (y la Constitución, supongo, y ya puestos, la Convención de Ginebra...) mediante una norma interna.

El resto (defina "fines personales", por favor) tampoco lo tengo claro: enviar un correo electrónico a mi casa ¿es un fin privado?, enviar el PDF de un artículo interesante a un colega ¿viola los derechos de propiedad intelectual? ¿qué es apropiarse "indebidamente" de material que "circula" por la red? O lo más importante ¿cómo van a saber ustedes si uso mi correo para "fines privados"? ¿cómo van a averiguar si visito webs "inapropiadas"?

En fin, los vigilantes de la playa del ciberespacio velan por nosotros aunque con tanta advertencia acabo siempre por creerme presunto culpable de no sé bien qué.

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