Las diferencias entre Grado y Máster aparecen en diversos sitios. Uno de ellos ya lo he presentado en el post anterior: el Grado da una formación general y el Máster una formación avanzada. No me parece mal, más raro sería al revés, aunque yo creía que la formación general se daba antes, en la Secundaria. No pasa nada. Estaba equivocado.
La primera pincelada aleatoria de hoy se encuentra en el Anexo I donde se especifican las "competencias básicas" que los Planes de Estudio deben "garantizar" (sic).
En el Grado:
[...] Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado.
En el Máster:
[...] Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones –y los conocimientos y razones últimas que las sustentan– a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
La primera diferencia es excesivamente sutil para mí: no sé distinguir con claridad "información, ideas, problemas y soluciones", propias del Grado, de "conclusiones, conocimientos y razones", propios del Máster. Me informaré.
La segunda diferencia la entiendo mejor: la cualidad diferencial del estudiante de Máster está en la comunicación "con claridad y sin ambigüedades", condiciones de las que se exime al estudiante de Grado, que podrá explicarse, en consecuencia, ambigua y oscuramente. Esta sí la pillo.
Por eso se me ocurre que tal vez el redactor de la siguiente "competencia" era un Graduado, o tal vez yo deba tomar clases de esta neolengua, porque les confieso humildemente que no entiendo nada:
Se garantizará en el Grado:
Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e
interpretar datos relevantes [...] para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética.
Y en el Máster:
Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios.
¿Una última perla? Venga, ahí va. En el Art. 3.5) especifica que los planes de estudios "deberán tener en cuenta que cualquier actividad profesional debe realizarse..."
[...] desde el respeto a los derechos fundamentales y de igualdad entre hombres y mujeres, debiendo incluirse, en los planes de estudios en que proceda, enseñanzas relacionadas con dichos derechos.
[...] igualdad de oportunidades, no discriminación y
accesibilidad universal de las personas con discapacidad, debiendo incluirse, en los planes de estudios en que proceda, enseñanzas relacionadas con dichos derechos y principios.[...] de acuerdo con los valores propios de una cultura de paz y de valores democráticos, y debiendo incluirse, en los planes de estudios en que proceda, enseñanzas relacionadas con dichos valores.
Ahora a diseñar planes de estudios.
Socorro.
Nota: esto se veía venir de lejos. Repasen por favor el post Los nuevos matemáticos, donde tenía más fuerzas para estar ácido que hoy aquí.
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